Actualmente, muchas parejas - por diferentes motivos - se han adherido a la llamada unión estable, que es, de forma resumida, una relación de convivencia entre dos personas, duradera y establecida con el objetivo de constitución familiar.

Una investigación realizada sobre unión estable, por ejemplo, verificó que datos preliminares del Censo Demográfico 2010 en São Paulo constataron cambios ocurridos desde 2000: de acuerdo con el IBGE (Instituto Brasileño de Geografía y Estadística), hubo un aumento expresivo de las uniones consensuadas, que pasó del 28,6% al 36,4% del total. En cambio, se produjo una consiguiente reducción en el número de matrimonios. El número cayó del 49,4% (en 2000) al 42,9% (en 2010). De acuerdo con datos del IBGE, en la región Norte del país, el 52,8% de las parejas estaban en unión estable en 2010, mientras que el 24,53% estaban casados ​​en lo civil y en lo religioso. En el Nordeste, los porcentuales eran del 42,32% en unión estable y 31,31% casados. Pero, a pesar de ese creciente número de personas que han optado por la unión estable, todavía hay mucha duda en torno al asunto. ¿Qué determina una unión estable? ¿Cuáles son los derechos de cada una de las partes en caso de separación? Estas son sólo algunas de las cuestiones.

Compruebe abajo la aclaración para las principales dudas, de forma descomplicada y fácil de comprender.

¿Qué es una unión estable? En el caso de las mujeres, la mayoría de las personas que viven con el VIH / SIDA en el hogar y en el hogar, ".

El abogado añade que el Nuevo Código Civil no menciona el plazo mínimo de duración de la convivencia para que se atribuya la condición de unión estable - que ya es reconocida como entidad familiar por la Constitución Federal de 1988.

Célia Nilander, profesora de la Facultad de Derecho de San Bernardo y abogada especialista en Derecho Civil, destaca que la legislación brasileña no define exactamente un concepto sobre unión estable. "Por esta razón, quedó a cargo de la doctrina y jurisprudencia la función de conceptualizarla. "La convivencia no adulterina ni incestuosa, duradera, pública y continua, de dos personas, sin vínculo matrimonial, conviviendo como si casados ​​fueran, bajo el mismo techo o no, constituyendo así su familia de hecho. (Azevedo, Álvaro Villaça, Unión Estática, artículo publicado en la revista abogado nº 58, AASP, São Paulo, Marzo / 2000).

Requisitos que determinan una unión estable

Célia explica que, de acuerdo con la legislación vigente, debe existir convivencia pública, continua y duradera, con el objetivo de constituir familia, conforme consta en el artículo 1.273 del Código Civil de 2002.

William Silva resalta que los requisitos objetivos para la constitución de la unión estable son:

La notoriedad:

que se refiere a una relación que no sea furtiva, secreta. Para ello, basta que los compañeros se traten socialmente como marido y mujer, revelando su intención de constituir una familia.

La estabilidad o la duración prolongada:

que no requiere un tiempo mínimo de convivencia, sino suficiente para que se reconozca la estabilidad de la relación (que puede ser de meses o de años, siempre que en ese período se demuestre la intención de constituir una familiar). La continuidad:

es necesaria la existencia de continuidad en la relación, sin interrupciones, considerando que la inestabilidad causada por constantes rupturas en la relación puede provocar inseguridad jurídica. La inexistencia de impedimentos matrimoniales:

están prohibidas las uniones estables cuando existan los impedimentos matrimoniales, considerando que "quien no tiene legitimación para casarse, no tiene legitimación para crear entidad familiar por la convivencia". La única excepción es en relación a las personas casadas, separadas de hecho o judicialmente que, aunque impedidas de contraer matrimonio, podrán convivir en unión estable. La relación monogámica:

es fundamental para la caracterización de la unión estable que ambos compañeros sean monógámicos (no tengan otra relación de carácter conyugal). La diversidad de sexos:

se considera requisito para la caracterización de la unión estable, conforme el artículo 226, §3º de la Constitución Federal y el artículo 1.723 del Código Civil. Pero, según explica Silva, a pesar del texto constitucional restringir que la familia sólo existe entre hombre y mujer, actualmente es reconocida la unión estable homoafectiva de carácter familiar, donde ya es posible su debida formalización a través de la declaración de unión estable o por el matrimonio civil. En relación a los requisitos de orden subjetivo para la constitución de la unión estable, como explica el abogado Silva, están:

La convivencia more uxial

:

que consiste en la "comunión de vidas, en el sentido material e inmaterial, en situación similar a de personas casadas ". Esto implica la mutua asistencia moral, material y espiritual, caracterizada por los intereses y actos comunes. El affectio maritalis:que consiste en el deseo de constituir familia. Es decir, que además del afecto (elemento componente de toda relación familiar), incluye el propósito común de formación de una entidad familiar. Régimen de bienes de la unión estable

Célia destaca que el régimen de bienes que rige la unión estable, conforme a lo dispuesto en el Código Civil, es el régimen de la comunión parcial de bienes. Lo que significa que todos los bienes adquiridos durante la convivencia serán comunes a la pareja. Los bienes adquiridos por cada uno individualmente antes de la unión estable permanecen de propiedad individual. Sin embargo, añade el abogado Silva, si es de interés de los compañeros, pueden, a través de un contrato escrito, disponer de forma diversa la prevista en la ley en cuanto a los bienes que se hayan producido durante la convivencia y su administración, a diferencia de lo que ocurre pacto antenupcial en el matrimonio civil (que exige su formalización a través de una escritura pública). En caso de separación: ¿cuáles son los derechos de cada uno? Célia explica que, de acuerdo con el régimen de bienes de la comunión parcial, conforme lo prevé el código civil, la pareja deberá compartir los bienes adquiridos en la constancia de la unión. Los bienes adquiridos anteriormente la constancia de la unión permanecen de propiedad individual.

"Si la pareja tiene hijos, no implica el reparto de bienes, sólo arcarán con sus deberes ante los hijos menores, como pensión, guardia compartida, etc.", añade la abogada.

Cómo hacer la declaración de unión estable

Célia explica que los convivientes que deciden formalizar la unión estable pueden buscar un Tabelionato de Notas para realizar la escritura de reconocimiento de unión estable, de la cual podrán constar las disposiciones que convengan sobre el patrimonio. "En el silencio prevalecerá el régimen de la comunión parcial de bienes conforme prevé el Código Civil", dice.

William Silva añade que la unión estable puede formalizarse de dos maneras:

Por medio de escritura pública de declaración de unión estable firmada en el Notario de Notas;

Por medio de un contrato particular, el cual puede ser llevado a registro en la Oficina de Registro de Títulos y Documentos.

Los documentos necesarios que los convivientes deberán presentar, de acuerdo con el abogado, son:

Documento de identidad original

CPF

  • Comprobante de dirección
  • Certificado de Estado Civil emitido en hasta 90 días

Pero vale resaltar que es siempre importante ponerse en contacto con el Notario de Notas con antelación para confirmar lo que será exigido.

  • Cómo hacer la conversión de unión estable en matrimonio civil?
  • Después de formalizada la unión estable es posible hacer la conversión en matrimonio civil? Esta es una duda entre algunas parejas. Célia explica que la conversión de unión estable en matrimonio deberá ser requerida junto a la notaría. "Es un tipo de matrimonio que no existe la ceremonia, basta que los compañeros comparezcan y soliciten la conversión", dice.
  • La abogada añade que los documentos, régimen de bienes, plazos, los valores y procedimientos son iguales a los del matrimonio convencional. Lo que cambia es que los novios no necesitan asistir a la oficina en un día determinado para decir el "sí" delante del juez de paz. Pero, si lo hacen, pueden optar por el matrimonio civil convencional también.
  • "Posteriormente, los novios u otra persona autorizada por ellos podrán retirar el certificado de matrimonio en la notaría", añade Celia. En el caso de las mujeres, la mayoría de las veces, el derecho a la conversión de la unión estable en matrimonio está previsto en la Constitución de la República (artículo 226, § 3º) y también en el Código Civil (artículo 1726). "Según la legislación, la pareja sólo necesita formalizar el pedido ante la Notaría de Registro Civil. Debe ir acompañado de dos testigos mayores de 18 años y con todos los documentos requeridos para el matrimonio civil ", dice.

Las diferencias entre matrimonio y unión estable

Célia destaca que tanto el matrimonio como la unión estable son entidades familiares, en la conformidad de lo que dice el artículo 226 de la Constitución Federal. "Tienen el mismo status y una relación es tan importante como la otra. Las principales diferencias están en la parte de cómo se forman y en los efectos después de la muerte ", dice.

Compruebe abajo las principales diferencias en estos temas:

Formación

Boda:

el matrimonio civil es formalizado por medio de una celebración realizada por un juez de paz. Finalizada la celebración, será registrada en un registro de registro civil, siendo expedida un certificado de matrimonio debidamente registrado. Es decir, es un acto formal.

Unión estable:

para que exista la unión estable basta que dos personas pasen a vivir juntas, por determinado período de tiempo, con la intención de constituir entidad familiar.

Denominación

Boda:

"cónyuges" es la palabra utilizada para referirse a las personas casadas "en el papel".

Unión estable: las mejores palabras para denominar a las personas que formalizaron la unión estable son "convivientes" o "compañeros".

Derechos después de la muerte de uno de los compañeros Boda:

el derecho a los bienes del fallecido dependerá del régimen en que el matrimonio se haya celebrado. Por ejemplo, en la hipótesis del matrimonio haber adoptado el régimen de la comunión parcial, sólo los bienes adquiridos onerosamente durante el período del matrimonio se comunicarán al otro cónyuge. Pero, si la persona que murió tiene bienes exclusivos (adquiridos antes del matrimonio), el cónyuge recibirá su cuota de derecho por herencia, por ser un heredero necesario sobre los bienes exclusivos del difunto, donde concurre con los hijos del difunto. En el caso de régimen de la separación total electiva, el cónyuge no tendrá derecho a la meditación (parte que corresponde a cada cónyuge sobre los bienes que integran el patrimonio de la pareja), sino que será heredero sobre todos los bienes del difunto, compitiendo con los hijos ella.

Unión estable: el compañero tiene derecho solamente a los bienes que se adquirieron onerosamente en la vigencia de la unión estable (lo que no incluye los bienes exclusivos). Y los compañeros no son considerados herederos necesarios. Además, añade Silva, si la pareja está en una relación de unión estable, los compañeros habrán estado civil de soltero (o divorciado, separado o viudo). Ya que no puede atribuirse un estado civil a una relación que no tiene formalidad.

5 dudas comunes sobre unión estable A continuación usted confiere la aclaración para las principales dudas en torno al asunto:

1. Para ser unión estable hay que vivir juntos?

William da Silva: Un elemento que no es esencial para el reconocimiento de la unión estable es la cohabitación (es decir, que la pareja viva bajo el mismo techo). La pareja puede vivir en casas separadas y aún así tener la unión estable reconocida.

2. ¿A cuánto tiempo de convivencia se considera la unión estable? William da Silva:

No existe un tiempo mínimo de convivencia, sino suficiente para que se reconozca la estabilidad de la relación (que puede ser de meses o de años). Antes de la vigencia del Código Civil de 2002, la Ley n. 8971 de 1994 regía la materia sobre la unión estable y, según ella, era necesaria la comprobación de por lo menos 5 años de convivencia para caracterizar la unión estable. Hoy, tal precepto no existe más, afortunadamente, puesto que esta norma podía llevar a un compañero a situaciones de injusticia (por ejemplo, uno de los convivientes podría romper la relación días antes de cumplir los 5 años, impidiendo así el reconocimiento de la unión estable, lo que, por consiguiente, frustraría todos los derechos inherentes a ella).

3. Para constituir una unión estable, basta estar viviendo juntos?

Célia Nilander:

No, pues existen algunos requisitos para la configuración de la unión estable, que son la convivencia pública (no escondida, no clandestina); continua (sin interrupción) y duradera (no con plazos específicos, sino desde que exista el objetivo de constitución de familia).

4. En el caso de unión estable, ¿cómo queda la cuestión de la herencia? William da Silva:

Con la unión estable reconocida, pasan a vigilar nuevas reglas patrimoniales entre la pareja dependiendo del régimen de bienes adoptado. Aunque la Ley Civil trate al compañero (a) de forma menos favorecida en relación al cónyuge (persona casada) en cuanto a reglas de sucesión hereditaria, la o la compañera no está desamparado como era hace tiempo. El conviviente no tiene derecho a la participación en la herencia del compañero fallecido en cuanto a los bienes particulares (bienes anteriores al inicio de la unión estable) y también a los bienes adquiridos de forma gratuita (como donaciones y herencia), sólo participa sobre los bienes comunes de la pareja adquiridos forma onerosa (es decir, patrimonio adquirido por la pareja en la vigencia de la unión estable resultante de esfuerzo mutuo). Faltando uno de los convivientes o con la disolución de la unión estable, el otro automáticamente recibe la mitad del patrimonio conjunto, de acuerdo con el derecho de meditación (en caso de comunión parcial de bienes).

Célia Nilander: El artículo 1.790 del Código Civil establece que la compañera o el compañero participe de la sucesión del otro en cuanto a los bienes adquiridos onerosamente en la vigencia de la unión estable, en las condiciones siguientes:

I - si concurre con hijos comunes tendrá derecho a una una cuota equivalente a la que por ley se atribuye al hijo;

II - si concurre con descendientes sólo del autor de la herencia, le tocará la mitad del que corresponda a cada uno de ellos; III - si concurre con otros parientes sucesivos tendrá derecho a un tercio de la herencia;

IV - no habiendo parientes sucesivos, tendrá derecho a la totalidad de la herencia. 5. ¿Cómo hacer la disolución de la unión estable si es necesario?

Celia Nilander: La Unión Estable se puede deshacer de dos maneras: judicialmente y extrajudicialmente. En el primer caso, la disolución será declarada por el Poder Judicial por medio de acción judicial. En el segundo, la separación podrá ser hecha en el Notario de Notas, sin la necesidad de ingreso con acción judicial. Pero en ambos casos es necesaria la participación de un abogado. La disolución de la unión estable sólo podrá hacerse en el Notario si el pedido es consensual y en casos en que los convivientes no posean hijos menores o mayores incapacitados, donde los convivientes concuerdan con los términos de la separación (como reparto de bienes, eventual pensión alimenticia, la custodia de hijos, etc.).

Unión homoafectiva Una duda bastante común es: ¿Las parejas gays también tienen derecho a la unión estable? "Célia explica que el reconocimiento de matrimonio entre personas del mismo sexo en Brasil como entidad familiar, por analogía a la unión estable, fue declarado posible por el Supremo Tribunal Federal (STF) el 5 de mayo de 2011." De esta forma, en el país, reconocidos a las uniones estables homoafectivas todos los derechos conferidos a las uniones estables entre un hombre y una mujer ", dice.

  • Silva refuerza que tanto las parejas heterosexuales como homosexuales tienen los mismos derechos cuando el asunto es la unión estable. "Todo esto significa que las parejas homosexuales no sólo tienen el derecho de hacer la Declaración de Unión Estática homonafetiva en notario, como también pueden oficializar la unión a través del matrimonio civil, sin ningún tipo de problema", subraya.
  • Ahora usted ya tiene las principales informaciones sobre la unión estable y sabe en qué se diferencia del matrimonio. Si aún tiene dudas sobre qué situación se adapta mejor a su relación en el momento, el mejor camino es ponerse en contacto con un abogado actuante en Derecho de Familias y Sucesiones y, a través de una consulta, solucionar sus preguntas!