Salario maternidad es el nombre del derecho de toda la empleada que tenga un vínculo de empleo o sea contribuyente de la Previdencia Social, en ocasión del parto o de la adopción. Este beneficio prevé el pago de salario durante el período de licencia.

¿Cuál es el valor?

La abogada Amanda Prandino responde: "El valor del beneficio es igual al del salario integral recibido mensualmente, o el promedio de los últimos seis meses en casos de salario variable. En el caso de que la mujer tenga dos o más empleos concomitantes, tendrá derecho a un salario de maternidad por cada uno de ellos.

¿Cuál es el período de duración?

El salario de maternidad tiene una duración de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de las Directrices de las Naciones Unidas para la protección de los derechos de las personas con discapacidad. el médico comprobatorio, o después del parto, con la presentación del certificado de nacimiento del bebé. La gestante puede trabajar normalmente hasta la fecha del parto, si tiene condiciones físicas.

Situaciones especiales también están cubiertas por el beneficio como:

El período de reposo podrá se podrá prorrogar hasta 14 días antes o después del parto si es necesario, también mediante comprobación por certificado médico.

  • En casos de parto anticipado el asegurado no tendrá el derecho interrumpido.
  • En el caso de fallecimiento del bebé o del mortinato, el beneficio se mantiene normalmente.
  • En los casos de aborto natural, la asegurada tendrá derecho al salario de maternidad por 14 días.
  • ¿El desempleado tiene derecho?

Desempleadas también tiene el derecho desde que hayan contribuido con la previsión en su empleo anterior. La carencia en estos casos es de 12 meses, es decir, hasta un año después de haber contribuido al menos una vez en un trabajo de cartera firmada. Los contribuyentes autónomos también tienen el derecho, pero necesitan haber contribuido por el plazo mínimo de 10 meses. El valor en ese caso se calcula a través de una media de las últimas 12 contribuciones y no puede sobrepasar el techo de la seguridad social que es de R $ 4.519.

Estabilidad en el empleo

La estabilidad de la gestante está garantizada a partir de la fecha de confirmación del embarazo o del momento en que el empleador es avisado y hasta cinco meses después del parto. Un despido en ese período sólo podrá ocurrir en caso de justa causa o mediante el pago de indemnización por parte del empleador.

Se garantiza a la gestante la posibilidad del cambio de función en el empleo, cuando las condiciones de trabajo necesiten, sin la reducción del valor del salario o de otros derechos. "También está prevista la dispensa del horario de trabajo por el tiempo necesario para, como mínimo, seis consultas médicas y exámenes", complementa la abogada Amanda Prandino.